Si el cliente -cosa que no suele ser frecuente- paga por adelantado todo o parte del precio pactado por la prestación del servicio o por la venta, si se sigue el criterio de devengo (que es el que funciona por defecto) no hay que reconocer el Ingreso hasta que:
a.-En prestación de servicios:
se haya prestado el servicio (en operaciones periódicas como "igualas" el devengo se produce cuando al vencimiento de cada factura.75.uno.7º LIVA
b.- En Ventas.- hasta que como se dice de forma cursi: se hayan transmitido todos los riesgos y beneficios asociados a la propiedad del bien (vendido).
¿Cómo contabilizamos esto?
El Vendedor/Prestador del Servicio
En una cuenta transitoria por el anticipo recibido que aparecerá en el balance como pasivo corriente.
Desde el punto de vista fiscal: el pagador ha de practicar retención con ocasión del pago anticipado de rentas sujetas a retención (63.1RIS)
En el IVA, por el 75.Dosº LIVA se produce devengo en el momento por el pago anticipado.
EL pago vía pagarés no es efectivo hasta que no se concrete en pago efectivo (ese sería el devengo). TSJ Burgos 7 de mayo de 2007
Ejemplo:
Consultora SL va a implantar en Megalotso SL un sistema de calidad cuyo importe es de 10.000 + IVA. Se abonará el 10% a la fecha del contrato 28.02.2011 y el resto una vez concluido el servicio (que se produce el 30.06.2011).
Registro Contable en sede de Consultora SL:
28.02.2011 Anticipo
1.180 (572) Tesorería a (438) Anticipo de clientes 1000
(477) HP Iva repercutido 180
30.06.2011 Termina el servicio
10.620(430) Clientes a (705) Prestación de servicios (10.000)
1.000 (438) Anticipo de clientes (477) HP Iva Repercutido (1.620)
10.620 (572) Tesorería 10.620 (430) Clientes
Si no se hace factura por el anticipo, sino que simplemente hay un ingreso de 1.000 en la cuenta de la consultora, hay que separar el IVA, puesto que se produce devengo del mismo y debe la consultora hacer el ingreso en Hacienda en plazo de hasta el 20 de abril.
1.000/1,18 = 847,46 es (438) Anticipo de clientes y 152.54 es (477) HP Iva Repercutido.
¿Cómo contabiliza el cliente?
28.02.2011 Anticipo
1000(407)(417)Anticipo a proveedores o a acreedores por prestación de servicios
180 (472) HP IVA soportado a (572) Tesorería 1.180
30.06.2011 Termina la prestación de servicios y pago del resto.
10.000(623) Servicios de profesionales independientes
1.620 (HP Iva Soportado) a (410) Acreedores por Prestación de servicios 10.620
(407)(417)Anticipo a proveedores 1.000
10.620 (410) Acreedores por prestación de servicios a (572) Tesorería 10.620
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Prestación de servicios por profesional persona física que lleva contabilidad con arreglo al código de comercio porque se lo pide el cuerpo; cliente, misma sociedad que antes. Recibe un anticipo de 1.000€uros (incluye IVA (18%) y Retención (15%). Servicio prestado son 10.000€uros + IVA y menos la retención.
¿Cómo determino la cuenta anticipo de clientes? 1000/1,03=970,87
La operación, que consiste en quitar IVA y Retención para hallar la base imponible, se determina así: 1000 /(1+(18%-15%)= 1000/1+3% = 1000/1,03
Registro Contable por el profesional-persona física:
28.02.2011 Anticipo
1.000(572) Tesorería a (438) Anticipo de clientes 970,87
145,63(473) HP Deudora por Retenciones a (477) HP Iva Repercutido 174,76
30.06.2011 Fin y cobro del servicio
9300 (430) Clientes a (705) Prestación de servicios 10.000
970,87 (438) Anticipo de clientes (477) HP Iva Repercutido 1.625,24
1354,37(473) HP Deudora por Retenciones
9300 (572) Tesorería 9300 (430) Clientes
Registro contable por la socedad cliente.
28.02.2011 Anticipo
970,87(407)(417)Anticipo a proveedores o a acreedores por prestación de servicios
174,76 (472) HP IVA soportado a (572) Tesorería 1000
(4751) HP Acreedora por retenciones 145,63
30.06.2011 Fin y pago del servicio
10.000(623) Servicios de profesionales independientes
1.625,24 (HP Iva Soportado) a (410) Acreedores por Prestación de servicios 9.300
(407)(417)Anticipo a proveedores 970,87
(4751) HP Acreedora por retenciones 1354,37
9300 (410) Acreedores por prestación de servicios a (572) Tesorería 9300
Blog hecho por un abogado sobre temas de actualidad fiscal con el objetivo de que sirva de base de datos fiscal (al menos a mí). Unas veces resumiré consultas de la DGT, otras veces Sentencias de TSJs o del Supremo, o de un TEAR, otras fusilaré algún artículo o post que me haya resultado interesante (citando al autor, y si no lo hago así, que me perdone y me lo recuerde), otras veces añadiendo mi modesta opinión, que desde luego, no deja de ser nada más que eso. Alberto Valiño
cuando tengo un anticipo por servicios prestados como lo tendria que esplicar en mis notas narrativas,,,, espero q me puedad ayudar :)
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